martes, 10 de septiembre de 2013

Ley 2864 de NEUQUEN B.O. 06/09/2013 Se prohíbe la venta, expendio o suministro de combustible en las estaciones de servicio y expendedoras de combustible a los conductores de vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos y a sus acompañantes, que no utilicen el casco protector.

1 comentario:

ESTUDIO JURIDICO CIGORRAGA dijo...

Me parece una muy buena idea hacer cumplir la ley. Lo malo, es que el conductor de la moto lleva el casco al cargarle nafta y luego no lo utiliza mas que pasa?? en ese caso será sancionado??

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