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lunes, 23 de septiembre de 2013
El fallo "Caranta": ¿Nuevos enfoques del contrato entre jugador de fútbol y el club? Autor: BARBIERI, PABLO C. Analiza el contrato de trabajo que une a un jugador de fútbol profesional con el club para el cual presta servicios. El fallo comentado rechaza la demanda por despido interpuesta por el jugador.
Vilches, Amelia María c/ Cristóbal Seguro de Retiro S.A, medidas cautelares, medida autosatisfactiva JUZGADO DE CONCILIACION de VILLA MARIA - CORDOBA - 23/08/2013 Reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Declara la inconstitucionalidad del art. 17 inc. 1 de la ley 26.773 en cuanto prevé que el pago único de las prestaciones indemnizatorias dinerarias de renta periódica no rigen para las prestaciones que se encuentran en ejecución. Considera que la excepción contenida viola el axioma de la igualdad y consecuentemente vulnera y lesiona los derechos constitucionales que busca reglamentar, puesto que, el legislador no ha expresado una justificación axiológica constitucional que habilite el descarte del llamamiento al “pago único” de aquellos que aún deben satisfacer parte de su prestación, respecto a aquellos que aún no han recibido la misma cuando en esencia ambos tienen la misma entidad jurídica como sujetos de tutela preferente.
Grassi, Julio César s/Recurso de casación SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - BUENOS AIRES - 18/09/2013 Caso Grassi. Se confirma la condena impuesta al Padre Grassi por ser autor responsable de los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima, en concurso real entre sí, que a su vez concurren idealmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda. El Tribunal no advierte que la sentencia padezca de algún vicio que, bajo el prisma de su pretoriana jurisprudencia, encasille en el elenco de supuestos que se incluyen en el amplio catálogo de la arbitrariedad denunciada.
miércoles, 18 de septiembre de 2013
Martija, Carlos Alberto c/ HLB Pharma Group S.A. s/ despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 31/07/2013 Horas extras. Personal jerárquico. Hace lugar al reclamo de horas extras por parte de un trabajador, las cuales habían sido desestimadas en primera instancia en virtud de que se le había aplicado la excepción correspondiente al art. 3 de la ley 11.544 de Jornada de Trabajo. Afirma que para que sea procedente la exclusión prevista en la ley no resulta suficiente la mera denominación de una categoría laboral, sino que por el contrario, atendiendo tanto al principio protectorio como al principio de la realidad, el empleador debe explicitar y acreditar debidamente que el dependiente desarrollaba tareas propias de los niveles jerárquicos contemplados en la norma mencionada. En el caso, se demostró que el actor no imponía sanciones disciplinarias ni impartía órdenes de trabajo.
viernes, 13 de septiembre de 2013
PROYECTO DE LEY EN BENEFICIO DE LAS MUJERES TRABAJADORAS QUE SON OBJETO DE DISCRIMINACION
Expediente | Sumario | Fecha |
---|---|---|
1542-D-2013 | TRABAJADORAS VICTIMAS DE DISCRIMINACION SALARIAL: DERECHO A PERCIBIR UNA SUMA EXTRA EN CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS. | 03/04/2013 |
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º. - Toda trabajadora víctima de discriminación salarial motivada en su condición de mujer tendrá derecho además de la equiparación salarial debida y de las diferencias salariales devengadas a una suma igual a dichas diferencias a cargo del empleador en concepto de daños y perjuicios.
CLAÚSULA TRANSITORIA: Consistiendo esta Ley en una medida de acción positiva tendiente a combatir la arbitraria discriminación salarial contra las mujeres, anualmente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, deberá elevar informe de seguimiento a la Comisión de Legislación del Trabajo de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación sobre el estado de tratamiento salarial en relación con las mujeres a fin de que una vez alcanzado estado de igualdad de trato se promueva la derogación de esta norma.
ARTICULO 2°.- La presente ley es de orden público.
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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LEY N° 4531 Fecha de sanción: Buenos Aires, 9/05/2013. Fecha de publicación: B.O. 14/06/2013. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bue...