miércoles, 13 de noviembre de 2013

 

Para los trabajadores en relacion de dependencia:
Periodos de PruebaSuspensiones: defensas.Licencias por enfermedad: pago del sueldo : cargas sociales.Embarazadas: notificación; tiempo de licencia; estado de excedencia, indemnizacion especial por despido
Matrimonio: trabajador y trabajadora: los mismos derechos: indemnizacion especial LCT. 

CASOS EN LA CAPITAL FEDERAL Y EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CONSULTE: consulteporsudespido@fibertel.com.ar

SOS CADETE EN UNA VERDULERIA, NO ESTAS BLANQUEADO Y TE DAN POCA GUITA!! TE GUSTA?

ALGO DEBE ESTAR MAL PARA QUE ESO PASE!!
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TRABAJAS EN NEGRO?? EN UN CALL CENTER?? NO TENES DESCANSO??? SUFRIS DE STRESS?? NO QUERES IR?? TENES FOBIA?? DAÑO PSICOLOGICO...

SI ESTO ES ASI HAY ALGO QUE ESTA MAL!!!

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Resolución 3011/13 - Secretaría de Políticas Universitarias B.O. 13/11/2013 Se aprueba el anexo del Reglamento general del Programa Nacional Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas (PNBB). Ratificación de la res. 641/2013 (S.P.U.). Se deja sin efecto la res 2723/2013 (S.P.U.).

martes, 12 de noviembre de 2013

ACORDADA Nº3665 SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - BUENOS AIRES - 30/10/2013 Designa a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, los que atenderán asuntos de urgente despacho durante la feria judicial de enero de 2014.

Instituto Santa Ana S.A c/ Abraham, Jorge Felipe y otro s/ otros títulos, recurso de apelación CAMARA 4ta DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de CORDOBA - CORDOBA - 22/10/2013 Reclamo de cuotas por escolaridad. Plazo de prescripción aplicable. Contrato de consumo. Considera que el crédito reclamado por el establecimiento educativo privado se encuentra prescripto, en tanto resulta aplicable el plazo anual establecido en el art. 4035 del Código Civil. Entiende que, si bien el art. 50 del estatuto de defensa del consumidor prevé un plazo uniforme de tres años para todas aquellas acciones emergentes de la aplicación de la ley consumeril, tal plazo resulta aplicable al consumidor, más no al empresario actor, desde que la acción conferida a éste último emerge del derecho común y no de la ley 24.240. Asimismo refiere que el plazo anual de prescripción comienza a correr desde el vencimiento de cada cuota mensual.

Resolución 1844/13 - Ministerio de Salud B.O. 12/11/2013 Salud, derechos humanos y riesgos psicosociales en el trabajo. Se crea el Programa Nacional de Salud, Derechos Humanos y Riesgos Psicosociales en el Trabajo. Coordinador general, objetivos.

Decreto 1768/13 B.O. 12/11/2013 Feriados nacionales. Se establecen las fechas con fines turísticos, teniendo como objetivo profundizar la integración social y permitir la concurrencia del público a los distintos actos conmemorativos.

IR AL CONTENIDO Inicio ServiciosAcerca de InfojusSoporte a Usuarios Búsqueda Avanzada C., M. D. c/ P. ART. S.A. s/ Daños y perjuicios FALLO 28 de octubre de 2013 CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL Id Infojus: NV6425 TEXTO cmd.pdf (112KB) SÍNTESIS Daños y perjuicios. Rechaza una demanda por mala praxis médica incoada por un paciente contra una aseguradora de riesgos del trabajo como consecuencia del perjuicio que le habría ocasionado la negativa de la demandada a atender al actor por una dolencia en su pierna izquierda y el consecuente traslado para ser curado en otro nosocomio. Considera que no se acreditó la necesaria relación de causalidad adecuada entre la alegada negativa de la demandada y el daño padecido. Agrega que aun cuando se estimase que hubiera habido una negativa inicial a atenderlo por parte de la demandada, el reclamante habría sido, sin dilación, adecuadamente asistido.

Disposición 446/13 - Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios B.O. 11/11/2013 Modificación de la documentación a requerir tanto a las personas físicas como jurídicas que realizan trámites ante los Registros Seccionales del Automotor. Cambios en la Disposición D.N. Nº 293/12, a fin de aplicar en la normativa registral los requerimientos introducidos por la Resolución Nº 488/13 de la Unidad de Información Financiera.

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