lunes, 16 de diciembre de 2013

Collerone, José Norberto c/ Gómez, Juan Eduardo y otro s/ Laboral CAMARA DE APELACION EN LO LABORAL de SANTA FE - SANTA FE - 09/10/2013 Embargo sobre el haber previsional. Confirma la sentencia que dispuso el embargo sobre el haber previsional del actor en un veinte por ciento del monto. El tribunal advierte que el art. 59 de la ley 6.915 de la Provincia de Santa Fe establece la embargabilidad de los haberes, lo que resulta incompatible con lo dispuesto por la norma nacional 24.241 de Seguridad Social. En consecuencia, considera que la limitación del monto embargable debe buscarse en las disposiciones que en materia salarial dispone la ley 20.744, y no en lo que establece el sistema de seguridad social nacional.

Decreto 910/13 de BUENOS AIRES B.O. 12/12/2013 Juicio por Jurados en la Provincia. Junta electoral. Audiencia pública. Sorteo

ACORDADA Nº43 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 10/12/2013 Establece que el Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos, reglamentado por Acordada N° 31/11, será de aplicación obligatoria para todos los recursos de queja por denegación del extraordinario resueltos por los superiores tribunales de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se presentaren a partir del primer día hábil posterior a la feria de Enero de 2014.

Bubis Dodera Saul c/ Panatel S.A. y otros s/ Despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 29/10/2013 Remuneración del trabajador. Considera que los servicios otorgados por un hotel a quien se desempeñaba como directivo del mismo en concepto de habitación, medicina prepaga, lavandería y comida poseen carácter remunerativo. Considera que los montos en cuestión no son otra cosa que salario abonado en especie, en tanto no se advierte que dicha suma tenga otra causa que la prestación efectiva de servicios del accionante a favor de la demandada en el marco del contrato de trabajo que los vinculaba. Señala que los llamados “beneficios sociales” deben ser interpretados en forma restrictiva por los efectos que tienen sobre el concepto de remuneración del dependiente.

Usuarios y Consumidores Unidos c/ Telecom Personal S.A. s/ Ley de Defensa del Consumidor JUZGADO FEDERAL Nro 1 de SAN NICOLAS - BUENOS AIRES - 28/11/2013 Facturación de comunicaciones móviles. Hace lugar a la cautelar solicitada por una asociación de consumidores y ordena a una empresa de telefonía celular demandada regularizar la facturación de sus servicios de comunicaciones móviles ajustando la unidad de facturación a segundos en lugar de minutos, de forma tal que cobre a los usuarios la fracción de tiempo efectivamente utilizada y correspondiente al plazo exacto de comunicación. Entiende que se encuentra involucrada la Resolución 45/12 de la Secretaría de Comunicaciones que goza en principio de legitimidad y que la no obediencia a dicha resolución se ve revelada en las condiciones legales de la demanda, perjudicando a los usuarios del servicio, lo cual acredita la verosimilitud del derecho y el peligro en la d

jueves, 12 de diciembre de 2013

Gómez Julio David vs. Autoservicio Capo S.A. s. Cobro de pesos CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - TUCUMAN - 21/10/2013 Despido por causa de matrimonio. Presunciones. Resuelve que la indemnización especial en caso de despido por causa de matrimonio, prevista por el art. 182 de la Ley de Contrato de Trabajo, resulta procedente sin distinción de sexos, y que la presunción del art. 181 del mismo ordenamiento funciona respecto de los dependientes mujeres y varones, quedando a cargo del principal la prueba de la justificación del despido. El tribunal entiende que la normativa en cuestión protege a la institución matrimonial, concretamente el derecho constitucional que tiene toda persona a casarse y formar una familia, por lo que no hay razones para que la facilitación procesal no se integre también de igual manera a las presunciones por despido por causa de matrimonio, cuando el despedido es el varón casado.

Ley 26904 B.O. 11/12/2013 Modificación del Código Penal. Incorporación de la figura del grooming. Se establecen penas con prisión para quienes, por medio de comunicaciones electrónicas, o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual.

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