lunes, 5 de septiembre de 2016

TASA DE DESEMPLEO MENOR AL 10% INDEMNIZACION NORMAL SI LA SUPERA SE PODRA APLICAR LA LEY?? EL INDEC CUANTO PUBLICO DE TASA DE DESEMPLEO??

ARTICULO 4° — Prorrógase la suspensión de los despidos sin causa justificada dispuesta por el artículo 16 de la Ley N° 25.561 y sus modificatorias, hasta que la tasa de desocupación elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC) resulte inferior al DIEZ POR CIENTO (10%).
En caso de producirse despidos en contravención a dicha suspensión, los empleadores deberán abonar a los trabajadores afectados el porcentaje adicional que fije el Poder Ejecutivo nacional, por sobre la indemnización que les corresponda conforme a lo establecido en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Esta disposición no resultará aplicable a los empleadores respecto de los contratos celebrados en relación de dependencia, en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, a partir del 1° de enero de 2003, siempre que éstos impliquen un aumento en la plantilla total de trabajadores que el empleador poseía al 31 de diciembre de 2002.
(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 1224/2007 B.O. 11/9/2007 se declara cumplida la condición prevista por el primer párrafo del presente artículo)(Nota Infoleg: Por art. 1º del Decreto Nº

martes, 30 de agosto de 2016

ESTUDIO JURIDICO CIGORRAGA

https://www.olx.com.ar/abogado-estudio-juridico-contable-cigorraga-iid-900043712

PEDISTE UN PRESTAMO Y NO PUDISTE PAGAR??

  • PEDISTE UN PRESTAMO Y NO PUDISTE PAGAR?? QUERES SABER SI TE INICIARON JUICIO??LLAMAME AL 43837273

TE LLEGO UNA INTIMACION??

  • TE LLEGO UNA INTIMACION A TU CASA? TE INTIMAN A QUE PAGUES O TE EMBARGAN TU SUELDO? ASESORATE !!! 1549707763 O AL 43837273

TE EMBARGARON TU SUELDO??

  • TE EMBARGARON TU SUELDO?' CUANDO? FIJATE CUANDO LE LLEGO EL OFICIO A TU PATRON!! PODES APELAR DEPENDIENDO DEL MONTO !! LLAMA AL PROFESIONAL 1549707763 43837273

jueves, 18 de agosto de 2016

AHORA PODES DARTE DE BAJA DE LOS SERVICIOS SIN PREVIOAVISO Y SIN PAGAR NADA!!!!!

MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
ARTÍCULO 1º — Incorpórase como artículo 10 quáter de la ley 24.240, de Defensa del
Consumidor, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 10 quáter: Prohibición de cobro. Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado
y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los...
Ver más

martes, 9 de agosto de 2016

PROFESIONAL DEFIENDE A TRABAJADORES/AS ASESORATE !!

TE SUSPENDIERON?? TE DESPIDIERON?? TE PAGAN DE MENOS?? TE ESTAN DISCRIMINANDO POR SER MUJER?? TE ACOSAN PSICOLOGICAMENTE Y TE PRESIONAN PARA QUE HAGAS EL TRABAJO LO MAS RAPIDO POSIBLE EN CONDICIONES INFRAHUMANAS?? CONSULTAME DR. CIGORRAGA CELULAR 1549707763 O POR WHATSAP!!!

TE QUERES JUBILAR AHORA?? CONSULTE AL PROFESIONAL CONSULTAS CON COSTO PERO ES PROFESIONAL

miércoles, 27 de julio de 2016

ASESORATE SI QUERES TRAERTE COSAS DESDE EL EXTERIOR VIA WEB

Resolución General 3916 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3916 Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales/Courier. Resolución N° 2.436/96 (ANA), sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria. Bs. As., 25/07/2016 Fecha de Publicación: B.O. 27/07/2016

lunes, 25 de julio de 2016

SI TENES MAS DE 65 AÑOS CONSULTA POR LA PENSION VITALICIA NO CONTRIBUTIVA

Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados

viernes, 1 de julio de 2016

NORMAS PARA EL BLANQUEO ...PRESCRIBE MORATORIAS

Mucho se habla sobre la conveniencia de entrar al blanqueo, a la cual adherimos, pero poco se dice que para muchos contribuyentes que califiquen, será mucho más conveniente regularizarse aprovechando la prescripción impositiva y la moratoria.

La ley establece para los contribuyentes inscriptos el plazo de 5 años, luego de los cuales se ocasiona la extinción automática de las obligaciones tributarias. La ley de blanqueo anterior (CEDIN), suspende por un año la prescripción de las acciones para determinar o exigir el pago de impuestos, con lo cual los períodos prescriptos son los anteriores al 2010 (el período fiscal 2009 puede darse por prescripto a fin de este año, al tiempo que la ley de moratoria dura hasta el 31/3/2017).

Esto quiere decir que cualquier contribuyente inscripto con activos en el exterior no declarados –financieros, inmobiliarios y/o participaciones societarias-, que al cierre del 31 de diciembre de 2009 no hayan recibido de terceras partes ningún tipo de ingreso, hoy podría optar por esta vía.

La ventaja para quienes califiquen para usar la prescripción impositiva es que la deuda fiscal (por Bienes Personales y Ganancias, más los intereses por los períodos 2010-2015) puede incluirse en la moratoria que se acaba de aprobar junto con el blanqueo, la cual permite cancelarla pagando un anticipo del 10%, y el saldo –el restante 90%-, en noventa (90) cuotas con una tasa de interés que corresponde a la tasa pasiva promedio del Banco Nación de la R.A. (También está la opción, aunque menos conveniente desde el punto de vista financiero, de pago al contado con un 15% de descuento).

Entrando en la prescripción impositiva, los tipos de cambio a los cuales se computa lo adeudado por Bienes Personales y Ganancias son los de la siguiente tabla:

TU PROBLEMA TIENE SOLUCION...CONSULTE

NO SE DEJEN ENGAÑAR CONSULTA AL MEJOR!! Y EL MAS ECONOMICO!!