viernes, 22 de noviembre de 2013

Ríos, Silvia Andrea c/ HSBC Bank Argentina S.A. s/ despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 30/09/2013 Enfermedad accidente. Hace lugar a una demanda por enfermedad accidente incoada por una telemarketer que laboraba para una entidad bancaria, contra ésta, por haber estado sometida a un alto nivel de estrés como consecuencia de la exigencia que le demandaba su tarea. Considera que el art. 1113 del Cód. Civil habla de riesgo o vicio de la cosa y, en tal sentido, debe entenderse que “cosa” puede ser todo un establecimiento, explotación, empresa o incluso también actividad. Señala que la condena en concepto de reparación civil también alcanza solidariamente a la A.R.T. con base en la denuncia que al inicio hiciera la actora de las consecuencias desfavorables que le producía el ambiente de trabajo y en la inexistencia de contralor alguno respecto de las condiciones de higiene y salubridad del establecimiento de la accionada.

Fernández, María Soledad c/Agroenergía S.A. y Otro s/ Indemnización por Despido CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERIA de SANTA ROSA - LA PAMPA - 09/10/2013 Contrato eventual que se convierte en uno de plazo indeterminando. Periodo de prueba. Considera que la circunstancia de que el originario contrato eventual se transformara en uno de duración indeterminada al continuar la dependiente trabajando para la empleadora, no autoriza a entender que recién a partir de dicha conversión deba comenzar a computarse el plazo de prueba previsto por el art. 92 bis de la LCT, pues se trata de una misma y única vinculación laboral transformada en un contrato de trabajo por tiempo indeterminado. Señala que una vez transcurridos los tres meses iniciales de la relación laboral quedó con ello cumplida la finalidad legal del lapso de prueba.

Ley 14543 de BUENOS AIRES B.O. 20/11/2013 Modificación del Código Procesal Penal. Tribunal de Casación de la Provincia. Prueba. Contenido de la requisitoria. Tribunal. Integración del tribunal. Tribunal de jurados. Debate. Resoluciones recurribles. Recursos. Se modifica la Ley 5.827, Ley Orgánica del Poder Judicial.

S., D. D. c/ Unión Personal Accord Salud s/ amparo CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 18/11/2013 Medidas cautelares. Obras sociales. Confirma un fallo que ordena, como medida cautelar innovativa, a una obra social otorgar al actor las prestaciones necesarias a fin de tener un servicio de enfermería en su domicilio durante todo el día, además de la visita de un médico clínico dos veces por semana, tubos de oxígeno, asistencia kinésica respiratoria y terapia ocupacional. Sostiene que uno de los objetivos de las providencias cautelares es la satisfacción provisoria del derecho alegado, lo cual redunda en solventar un eventual perjuicio en el tiempo que dure el proceso, lo que, en muchos casos, constituye en sí mismo un periculum in mora.

Se aprobó el dictamen para la reforma del Código Civil y Comercial En el día de ayer la Comisión Bicameral para la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial logró el dictamen con las modificaciones del anteproyecto, que será tratado el miércoles 27 en el Senado.

LA CORTE FALLO EN FAVOR DEL SISTEMA FINANCIERO...ES DECIR UN FALLO MAS SIN JUSTICIA PARA EL CIUDADANO. NO TUVO INTENCION DE RESOLVER LA ARBITRARIEDAD DE SENTENCIA. UN FALLLO POBRE EN TRATAMIENTO Y EN FUNDAMENTOS. ADMITIO EL RECURSO PERO RECHAZO LA GARANTIA CONSTITUCIONAL DEL ACCESO A LA VIVIENDA AL OMITIR TRATAR EL TEMA.. SINCERAMENTE ESPERABA ALGO MAS!!!

LA CORTE HA DICTADO SENTENCIA...EN POCO TIEMPO VEREMOS SI REALMENTE SE HIZO JUSTICIA (RECUERDEN TEMA EJECUCION HIPOTECARIA) SE HABIA CONCEDIDO EL RECURSO POR TRATARSE DE CUESTION FEDERAL Y POR GRAVEDAD INSTITUCIONAL!!! SEA EL RESULTADO QUE SEA EL ESTUDIO LOGRO QUE SE LE CONCEDIERA EL RECURSO LOGRO PROFESIONAL!!

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