consultas@estudiojuridicocigorraga.com www.estudiojuridicocigorraga.com SI, es clarísima la ley 24.013, lamentablemente en el mundo REAL, tanto los empleados como los empleadores - se incluye el estado sea nacional, provincial y/o municipal- toman personas sin darle el recibo de ley. ventajas: podes tener una obra social, aportes jubilatorios, art en caso de enfermedad o accidente laboral, asignaciones familiares por hijos, y lo mas importante QUE TE TRATEN DIGNAMENTE, eso no lo digo yo sino LA CONSTITUCION NACIONAL. Me dedico a NO TENER QUE HACERLE JUICIO AL EMPLEADOR Y LLEGAR A UN ACUERDO. VOS DECIDIS SI QUERES SEGUIR "MANTENIENDOTE EN LA CLANDESTINIDAD O POR EL CONTRARIO RECLAMAR POR DERECHO LO QUE LA LEY TE RECONOCE.