CAMARA DE APELACIONES CIVIL COMERCIAL de CONCORDIA - ENTRE RIOS | ||
Falsedad de la firma del endosante. Procedencia de la ejecución cambiaria. Se desestima la excepción de inhabilidad de título opuesta por el librador fundada en que el tenedor del cheque no se encuentra legitimado por resultar falsa la firma de uno de los endosantes. Considera que, en virtud del carácter autónomo de las obligaciones de cada uno de los suscriptores, la invalidez de una firma inserta en el instrumento cambiario sólo puede ser opuesta a quien le es atribuida, solución que también surge, de la solidaridad prevista en el art. 11 de la ley de cheque 24.452. |
A mis clientes y publico en general. El día 26/03/2025 recibí la sentencia confirmatoria de la condena a PAGO FACIL por haber violado el DEBER DE SEGURIDAD en el local en el que prestaba sus servicios. La persona afectada, tuvo daños físicos y morales, y se demando a la firma nombre de fantasía Pago Fácil, y se obtuvo finalmente la sentencia de Cámara en el departamento judicial de Mercedes Provincia de Buenos Aires. ...
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