SE ESPECIALIZA EN TEMAS DE DERECHO LABORAL. ABONOS A EMPRESAS. DEFENSA DEL CONSUMIDOR. SUCESIONES ASESORAMIENTO ON LINE PRESENCIAL EN EL ESTUDIO
martes, 30 de agosto de 2016
TE LLEGO UNA INTIMACION??
TE EMBARGARON TU SUELDO??
- TE EMBARGARON TU SUELDO?' CUANDO? FIJATE CUANDO LE LLEGO EL OFICIO A TU PATRON!! PODES APELAR DEPENDIENDO DEL MONTO !! LLAMA AL PROFESIONAL 1549707763 43837273
jueves, 18 de agosto de 2016
AHORA PODES DARTE DE BAJA DE LOS SERVICIOS SIN PREVIOAVISO Y SIN PAGAR NADA!!!!!
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
ARTÍCULO 1º — Incorpórase como artículo 10 quáter de la ley 24.240, de Defensa del
Consumidor, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 10 quáter: Prohibición de cobro. Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado
y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los...
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ARTÍCULO 1º — Incorpórase como artículo 10 quáter de la ley 24.240, de Defensa del
Consumidor, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 10 quáter: Prohibición de cobro. Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado
y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los...
martes, 9 de agosto de 2016
PROFESIONAL DEFIENDE A TRABAJADORES/AS ASESORATE !!
TE SUSPENDIERON?? TE DESPIDIERON?? TE PAGAN DE MENOS?? TE ESTAN DISCRIMINANDO POR SER MUJER?? TE ACOSAN PSICOLOGICAMENTE Y TE PRESIONAN PARA QUE HAGAS EL TRABAJO LO MAS RAPIDO POSIBLE EN CONDICIONES INFRAHUMANAS?? CONSULTAME DR. CIGORRAGA CELULAR 1549707763 O POR WHATSAP!!!
miércoles, 27 de julio de 2016
ASESORATE SI QUERES TRAERTE COSAS DESDE EL EXTERIOR VIA WEB
Resolución General 3916
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 3916
Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales/Courier. Resolución N°
2.436/96 (ANA), sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
Bs. As., 25/07/2016
Fecha de Publicación: B.O. 27/07/2016
lunes, 25 de julio de 2016
SI TENES MAS DE 65 AÑOS CONSULTA POR LA PENSION VITALICIA NO CONTRIBUTIVA
Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados
viernes, 1 de julio de 2016
NORMAS PARA EL BLANQUEO ...PRESCRIBE MORATORIAS
Mucho se habla sobre la conveniencia de entrar al blanqueo,
a la cual adherimos, pero poco se dice que para muchos contribuyentes que
califiquen, será mucho más conveniente regularizarse
aprovechando la prescripción
impositiva y la moratoria.
La ley establece para los contribuyentes inscriptos el plazo de 5 años, luego de los cuales se ocasiona la extinción automática de las obligaciones tributarias. La ley de blanqueo anterior (CEDIN), suspende por un año la prescripción de las acciones para determinar o exigir el pago de impuestos, con lo cual los períodos prescriptos son los anteriores al 2010 (el período fiscal 2009 puede darse por prescripto a fin de este año, al tiempo que la ley de moratoria dura hasta el 31/3/2017).
Esto quiere decir que cualquier contribuyente inscripto con activos en el exterior no declarados –financieros, inmobiliarios y/o participaciones societarias-, que al cierre del 31 de diciembre de 2009 no hayan recibido de terceras partes ningún tipo de ingreso, hoy podría optar por esta vía.
La ventaja para quienes califiquen para usar la prescripción impositiva es que la deuda fiscal (por Bienes Personales y Ganancias, más los intereses por los períodos 2010-2015) puede incluirse en la moratoria que se acaba de aprobar junto con el blanqueo, la cual permite cancelarla pagando un anticipo del 10%, y el saldo –el restante 90%-, en noventa (90) cuotas con una tasa de interés que corresponde a la tasa pasiva promedio del Banco Nación de la R.A. (También está la opción, aunque menos conveniente desde el punto de vista financiero, de pago al contado con un 15% de descuento).
Entrando en la prescripción impositiva, los tipos de cambio a los cuales se computa lo adeudado por Bienes Personales y Ganancias son los de la siguiente tabla:
La ley establece para los contribuyentes inscriptos el plazo de 5 años, luego de los cuales se ocasiona la extinción automática de las obligaciones tributarias. La ley de blanqueo anterior (CEDIN), suspende por un año la prescripción de las acciones para determinar o exigir el pago de impuestos, con lo cual los períodos prescriptos son los anteriores al 2010 (el período fiscal 2009 puede darse por prescripto a fin de este año, al tiempo que la ley de moratoria dura hasta el 31/3/2017).
Esto quiere decir que cualquier contribuyente inscripto con activos en el exterior no declarados –financieros, inmobiliarios y/o participaciones societarias-, que al cierre del 31 de diciembre de 2009 no hayan recibido de terceras partes ningún tipo de ingreso, hoy podría optar por esta vía.
La ventaja para quienes califiquen para usar la prescripción impositiva es que la deuda fiscal (por Bienes Personales y Ganancias, más los intereses por los períodos 2010-2015) puede incluirse en la moratoria que se acaba de aprobar junto con el blanqueo, la cual permite cancelarla pagando un anticipo del 10%, y el saldo –el restante 90%-, en noventa (90) cuotas con una tasa de interés que corresponde a la tasa pasiva promedio del Banco Nación de la R.A. (También está la opción, aunque menos conveniente desde el punto de vista financiero, de pago al contado con un 15% de descuento).
Entrando en la prescripción impositiva, los tipos de cambio a los cuales se computa lo adeudado por Bienes Personales y Ganancias son los de la siguiente tabla:
martes, 21 de junio de 2016
BLANQUEO PREVIAMENTE TENES QUE CUMPLIR CIERTOS RECAUDOS
- Amortiguar/compensar
las multas que se deberán pagar, haciendo las “aplicaciones” que se pueden
ir realizando antes de exteriorizar sus bienes, y así aprovechar las
diferencias de precios que se van a dar –y se están dando- en ciertos
activos.
- Preparar
los vehículos legales que, a partir del blanqueo y pago de la multa
correspondiente, contribuirán a reducir y/o diferir el futuro pago de
impuesto a las Ganancias (por intereses y rentas futuras, no exentas del
exterior), del impuesto a los Bienes Personales y del Impuesto a la
Herencia* (actual de la Pcia. de Bs.As. y Entre Ríos y/o futuro Nacional).
- Armar
los balances de las sociedades/fideicomisos del exterior y/o fundaciones
de interés privado, de acuerdo a sus tenencias en cuentas bancarias, otras
participaciones societarias y/o inmuebles, valuados según establece la
normativa vigente. Una vez sancionada la ley y el decreto reglamentario se
determinará si cambia la "fecha de corte" y es necesario
confeccionar balances irregulares.
- Darle
soluciones a aquéllos que no desean mostrar sus patrimonios a terceros
(por seguridad, etc.), pero que son conscientes de la importancia de
adherirse al blanqueo.
- Retirar
a co-titulares o co-accionistas (hijos / hermanos / padres / amigos) con
procesos judiciales vigentes o con probabilidad de tenerlos. En muchos
casos le será imposible al verdadero dueño mostrar la trazabilidad del
dinero -si entró por casa de cambio por ejemplo- y demostrar que el mismo
le pertenece a él –y no también al co-titular/co-accionista-. Aunque el
borrador del proyecto permite que el verdadero dueño declare como propio
el dinero/inmuebles/sociedad, no evita que un potencial ex–cónyuge -o
demandante- reclame una parte o fracción como perteneciente a la sociedad
conyugal –o al demandado-.
La
Reestructuración
Patrimonial y la posterior Regularización Fiscal, implicará
entonces establecer un “plan de acción” cuya envergadura dependerá del
patrimonio de cada persona, y, sin ninguna duda, conllevará el trabajo en
equipo de sus propios asesores en las áreas tributaria, legal y financiera.
miércoles, 15 de junio de 2016
miércoles, 16 de marzo de 2016
VIOLENCIA DE GENERO!!! ASESORATE CON EL PROFESIONAL
TENES UNA LEY QUE TE PROTEGE Y AL PROFESIONAL QUE TE DEFIENDE TUS DERECHOS FALTA TU DECISION!!!LLAMA AL 4383-7273
jueves, 25 de febrero de 2016
EJERCE TU DERECHO!! SI TE GOLPEA DENUNCIALO DEFENDETE!!! TENES MIEDO? ORDEN DE RESTRICCION!!
http://profesional.mercadolibre.com.ar/MLA-607834283-aa-asesoramiento-profesional-despidos-sucesiones-_JMhttp://profesional.mercadolibre.com.ar/MLA-607834283-aa-asesoramiento-profesional-despidos-sucesiones-_JM
SOLICITA ORDEN DE RESTRICCION ALIMENTOS Y UN REGIMEN DE VISITAS PARA TUS HIJOS!! CONSULTA
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TE VIOLO? TE ULTRAJO? TENES QUE HACER LA DENUNCIA CONSULTA
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ES GOLPEADOR? LE PEGA A LOS NENES? TE PEGA A VOS? Y QUE ESPERAS DENUNCIALO ASESORATE
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TE OPERARON Y TE SIGUE QUEDANDO MAL?? TE DUELE? RESPONSABILIZA A QUIEN TE HIZO LA OPERACION CONSULTA
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TE LLEGARON UNOS PAPELES DE LA JUSTICIA Y NO ENTENDES DE QUE SE TRATA??
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TE LLEGO CARTA DOCUMENTO CON EL DESPIDO?? Y NO TE PAGAN??
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ACCIDENTE DE TRABAJO? LLAMA Y ASESORATE CON EL QUE SABE EL PROFESIONAL ABOGADO CIGORRAGA
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NECESITAS A UN ABOGADO PROFESIONAL?
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miércoles, 24 de febrero de 2016
ESTAS EN NEGRO?? NO TENES RECIBO DE SUELDO? LLAMA Y CONSULTA AL PROFESIONAL
LLAMA YA AL 43837273
1549707763
O ENVIA UN MAIL
consulteporsudespido@fibertel.com.ar
martes, 23 de febrero de 2016
martes, 16 de febrero de 2016
TE LESIONASTE EN UN ACCIDENTE?? NECESITAS A UN MEDICO LEGISTA PARA EL JUICIO?
ESTUDIO ESPECIALIZADO EN DERECHO LABORAL: DESPIDOS; SANCIONES; DIFERENCIAS SALARIALES; TRABAJO EN NEGRO; TRABAJO MAL REGISTRADO; PERIODO DE PRUEBA; CERTIFICADOS DE TRABAJO LEY; MULTAS DE LEY; RECLAMOS ANTE EL SECLO; RECLAMOS ANTE LAS ART; IMPUGNACION DE INCAPACIDADES LABORALES; DETERMINACION DE INCAPACIDAD POR PERITO MEDICO; TRABAJO DOMESTICO; NUEVA LEY QUE REGULA LA ACTIVIDAD Y LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES; Y LO QUE USTED NECESITE...!!
TELEFONO DEL ESTUDIO EN CIUDAD DE BUENOS AIRES PLAZA LAVALLE 011 4383-7273 UBICADO EN AV. PRESIDENTE ROQUE SAENZ PEÑA 1219 PISO 2 OF 204 CABA SOLICITAR CITA CON EL PROFESIONAL LA CONSULTA ES GRATIS...LO QUE SE COBRA ES EL ASESORAMIENTO VERBAL ARANCEL MINIMO ESTABLECIDO POR EL CPACF EN $540.- CELULAR PARA URGENCIAS!!! 011 - 15-49707763
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