FUENTE: PAGINA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION Buenos Aires, de marzo de 2013.- ASG AUTOS Y VISTOS: I.- Vienen estos autos a fin de resolver el recurso extraordinario interpuesto a fs. 304/321 por la parte demandada, contra el pronunciamiento de esta Sala de fs. 292/293, mediante el cual se desestima en la especie la aplicación de las leyes 26.167 y 25.798 del conjunto normativo de emergencia pública. A fs. 326/329, contesta el traslado la parte actora y a fs. 331 dictamina el Sr. Fiscal General. II.-Tres son las vías de acceso a la instancia extraordinaria: la existencia de cuestión federal, la invocación de gravedad institucional y la denominada doctrina de la arbitrariedad. La primera, de origen legal, se encuentra prevista en el art.14 de la ley 48, en tanto las dos restantes son producto de jurisprudencia reiterada de nuestro más alto Tribunal a partir de los casos “Jorge Antonio” (F. 248-189), en el cual se hizo jugar el estándar de la gravedad instit...
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