Amortiguar/compensar las multas que se deberán pagar, haciendo las “aplicaciones” que se pueden ir realizando antes de exteriorizar sus bienes, y así aprovechar las diferencias de precios que se van a dar –y se están dando- en ciertos activos. Preparar los vehículos legales que, a partir del blanqueo y pago de la multa correspondiente, contribuirán a reducir y/o diferir el futuro pago de impuesto a las Ganancias (por intereses y rentas futuras, no exentas del exterior), del impuesto a los Bienes Personales y del Impuesto a la Herencia* (actual de la Pcia. de Bs.As. y Entre Ríos y/o futuro Nacional). Armar los balances de las sociedades/fideicomisos del exterior y/o fundaciones de interés privado, de acuerdo a sus tenencias en cuentas bancarias, otras participaciones societarias y/o inmuebles, valuados según establece la normativa vigente. Una vez sancionada la ley y el decreto r...
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