miércoles, 20 de noviembre de 2013

Wal Mart Argentina S.R.L. c/ Ministerio de Trabajo y S. S. s/ Apelación CAMARA DE APELACION EN LO LABORAL de SANTA FE - SANTA FE - 28/10/2013 Poder de policía laboral. Contratación irregular. Deja sin efecto la multa impuesta por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe a una empresa en razón de la supuesta registración de empleados con contratos por 144 horas mensuales por la modalidad a tiempo parcial, lo que excedería las 2/3 partes de la jornada habitual de la actividad de comercio. El tribunal advierte que si bien las horas denunciadas superan la modalidad de jornada reducida, por lo que no correspondería una liquidación proporcional, surge de los recibos de sueldo que se computarían distintos rubros remuneratorios que completarían la jornada completa habitual de la actividad. En consecuencia, advierte que no existe en el art. 92 ter L.C.T. una sanción por mencionar un contrato de jornada reducida y liquidar el total de la jornada habitual de la actividad, y si el Ministerio pretende multar a una empresa en dichos términos, deberá verificar que la empleadora requiere trabajo por encima de los 2/3 de la jornada completa, y no liquida el sueldo correspondiente al trabajador por dicha jornada.

No hay comentarios:

TU PROBLEMA TIENE SOLUCION...CONSULTE

AUTORIZACION PARA CONDUCIR AUTOMOTORES EN FORMA DIGITAL POR LA APLICACION MI ARGENTINA

MINISTERIO DE JUSTICIA DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS Disposición 343...