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REGLAMENTACION DEL GCBA DE LAS PERSONAS EN SITUACION DE CALLE

DECRETO N.° 310/13 Fecha: Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2013. Fecha de publicación: B.O. 02/08/2013. VISTO: La Ley Nº 3706, la Ley Nº 4.013 y el Expediente Nº 2360325/12, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 3706, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en fecha 13 de noviembre de 2010, tiene por objeto proteger integralmente y operativizar los derechos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle; Que la Ley mencionada se sustenta en el reconocimiento integral de los derechos y garantías consagrados por la Constitución Nacional, Tratados Internacionales de igual jerarquía y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en este sentido, el artículo 17 de de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad desarrolla políticas sociales coordinadas para superar las condiciones de pobreza y exclusión mediante recursos presupuestarios, técnicos y humanos así como asiste a las personas con ne...

DIA DEL TRABAJADOR ESTATAL ASIMILABLE AL FERIADO

Ley 26.876 Sancionada: Julio 3 de 2013 Promulgada: Agosto 1 de 2013 Fecha de Publicación: B.O. 6/08/2013 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Declárase en todo el territorio de la Nación el día 27 de junio de cada año como el “Día del Trabajador del Estado”. ARTICULO 2º — Establécese el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la administración pública nacional, en los que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales. ARTICULO 3º — Invítase a las provincias y municipios de toda la República a instaurar el 27 de junio como día de descanso en las respectivas administraciones públicas, con los efectos dispuestos en el artículo 2º de la presente. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE. —...

LIMITACION A LA TRANSFERENCIA DE LICENCIAS DE TAXI POR 36 MESES

fuente de informacion BO LEY N.° 4574 Fecha de sanción: Buenos Aires, 13 de junio de 2013. Fecha de promulgación: Buenos Aires, 15 de julio de 2013 Fecha de publicación: B.O. 31/07/2013. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 12.4.4.1 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el siguiente: "Las nuevas licencias otorgadas conforme el punto 12.4.2 no podrán ser transferidas por un plazo de treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha en la que el vehículo es habilitado a funcionar como taxi. Esta restricción no es de aplicación en caso de fallecimiento del titular." Art. 2°.- Comuníquese. etc. Ritondo - Pérez Buenos Aires, 23 de julio de 2013 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 4574 (Expediente Electrónico Nº 2709424/13), sancionada por la Legi...

MORATORIA PARA EMPLEADORES: A CONSULTAR

Resolución General 3516 Administración Federal de Ingresos Públicos Bs. As., 31/07/2013 Fecha de Publicación: B.O. 1/08/2013 VISTO el Artículo 32 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y CONSIDERANDO:..." FUENTE DE INFORMACION: INFOJUS BO

FALLO LABORAL

SENTENCIA Nº 39639 JUZGADO Nº14 AUTOS: “FLIKIER PABLO c/ JANTON Y COMPAÑÍA SRL Y OTROS s/ DESPIDO”. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio de 2013, se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden: EL DOCTOR LUIS ALBERTO CATARDO DIJO: I.- La sentencia de primera instancia que rechaza íntegramente la demanda por cobro de indemnizaciones derivadas del despido y otros créditos salariales, viene apelada por la actora vencida, obrando también en autos las réplicas de las codemandadas Janton y Cía. SRL y Adriana Sonia Janton. II.- El aspecto central de la controversia estriba en la existencia o no de relación laboral entre el accionante y la sociedad de responsabilidad limitada demandada, a la que en la sentencia de primera instancia se consideró como no acreditada, lo qu...

J. N. M. en la causa 29.907/2013 RECHAZO DEL PLANTEO DE NULIDAD REALIZADO POR LA DEFENSA

Poder Judicial de la Nación JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN NRO. 17 - CCC 29907/2013/6 Buenos Aires, 26 de julio de 2013. AUTOS Y VISTOS Para resolver en el presente incidente de nulidad promovido por la defensa de J. N. M. en la causa 29.907/2013 del registro de este Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción 17, Secretaría 153 de la Capital Federal. Y CONSIDERANDO 1. La defensa del causante solicitó a fs. 1 / 2 que el tribunal declare la nulidad de los informes periciales agregados a fs. 786/816 y 1009/1016 de los autos principales “por inobservancia de la cadena de custodia, lo que ha vulnerado el debido proceso y el derecho de defensa en juicio”. Luego de enumerar diferentes etapas o fases de dicha “cadena de custodia” sostiene que “las muestras extraídas de mi asistido… y las muestras del cuerpo de la damnificada…, al momento en que se realizó el estudio comparativo de ADN, ya se encontraban viciadas por la rotura de la cadena de custodia, afectándose el ...

SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL...JAJAJA

Resolución 4/2013 Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil Bs. As., 25/07/2013 Fecha de Publicación: B.O. 29/07/2013 VISTO el Expediente Nº 1.095.096/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, los artículos 25 a 27 del Decreto Nº 2725 de fecha 26 de diciembre de 1991, el Decreto Nº 1095 de fecha 25 de agosto de 2004, la Resolución del Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL Nº 2 de fecha 22 de julio de 2013, y CONSIDERANDO: Que corresponde al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL determinar periódicamente el salario mínimo, vital y móvil. Que conforme lo dispone el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, el SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL garantizado por el artículo 14 bis de la CONSTITUCION NACIONAL y previsto por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) será de...

CEDIN

COMUNICACION “A” 5438 Banco Central de la República Argentina Bs. As., 12/06/2013 Fecha de Publicación: B.O. 25/07/2013 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO: Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles en el marco de la Ley Nº 26.860 y normas reglamentarias, las normas a aplicar en materia cambiaria para la integración de la suscripción de alguno de los instrumentos previstos en los artículos 1° y 2° de la Ley, cuando los sujetos residentes admitidos exteriorizan billetes en moneda extranjera en euros, libras esterlinas, yenes y francos suizos correspondientes a tenencias al 30.04.13 y/o a tenencias resultantes del producido de bienes existentes al 30.04.13. En estos casos, a los efectos de poder integrar la suscripción de los instrumentos previstos en los artículos 1° y 2° de la Ley, las entidades financieras podrán vender dólares estadounidenses billetes con la aplicación de los fondos resultantes de la venta de billetes de...
Ley 26.879 Sancionada: Julio 3 de 2013 Promulgada: Julio 23 de 2013 Fecha de Publicación: B.O. 24/07/2013 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Créase el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, el que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. ARTICULO 2° — El Registro tendrá por fin exclusivo facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual previstos en el Libro Segundo, Título III, Capítulo II del Código Penal, con el objeto de proceder a la individualización de las personas responsables. ARTICULO 3° — El Registro almacenará y sistematizará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación criminal y de toda persona condenada...

Decreto 956/13 B.O. 23/07/2013 Derecho a la salud. Reglamentación de la Ley Nº 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. Beneficiarios. Requisitos. Cobertura. Registro.

Decreto 956/2013 Bs. As., 19/07/2013 Fecha de Publicación: B.O. 23/07/2013 VISTO el Expediente Nº 1-2002-12.895/13-7 del Registro del MINISTERIO DE SALUD y la Ley Nº 26.862, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 26.862 tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. Que en dicha ley prevalecen, entre otros derechos concordantes y preexistentes reconocidos por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales de rango Constitucional (conforme artículo 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna), los derechos de toda persona a la paternidad / maternidad y a formar una familia, en íntima conexión con el derecho a la salud. Que el derecho humano al acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, reconocido por la Ley Nº 26.862, se funda en los derechos a la dignidad, a la libertad y a la igualdad de toda persona humana (conforme la Constitució...

Resolución General 3511 Administración Federal de Ingresos Públicos Bs. As., 8/07/2013

Resolución General 3511 Administración Federal de Ingresos Públicos Bs. As., 8/07/2013 Fecha de Publicación: B.O. 10/07/2013 VISTO la Ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188, sus modificatorias y la Ley Nº 26.857, y el Decreto Nº 895 del 5 de julio de 2013, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 26.857 establece que las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales que deben presentar las personas obligadas por la Ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188 y sus normas complementarias, son de carácter público, de libre accesibilidad y podrán ser consultadas por toda persona interesada en forma gratuita a través de Internet. Que mediante el Decreto Nº 895/13 se dispuso que las personas obligadas a suministrar información respecto de su patrimonio, utilizarán declaraciones que serán iguales a aquellas que se presentan ante esta Administración Federal, a fin de dotar de mayor congruencia y simplicidad al sistema, optimizando la calidad y certeza de la...