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ACORDADA Nº22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 14/08/2013 Inscripción de peritos. Establece el plazo para la inscripción y reinscripción, para el año 2014, de aquellos profesionales de las especialidades cuyo registro se lleva ante la Corte Suprema, desde el día 1 hasta el 29 de noviembre del año en curso.

&' ¿ ¿k GVVaaOn oYt4wde_ ACORDADA No 2/13 EXP.N° 964/2011 En Buenos Aires, a los) Lf días del mes de lc- del año dos mil trece, los señores Ministros que suscriben la presente, CONSIDERARON: Que corresponde fijar las fechas para el , " • fI cumplimiento de los trámites previstos en la Acordada n . de 1985 para la inscripción y reinscripción de peritos en las especiali<.fadEl$ determinadas en dicha acordada, 'ampliadas en las Nros. 45/85, 59/86, 24/87, 37/88, 41/89, 68/92, 28/95, 44/95, 4197, 7/97,45/97, 11/98, 50/98 , 6100, 18/03, 32/03, 25/04, 10/05,12/05,22/06,5/07,48/09,19/11 Y 6112; Por ello, ACORDARON: 1°) Fíjase el plazo del 1° al 29 de noviembre de 2013 inclusive, para que los profesionales de las especialidades cuyo registro se lleva en esta Corte procedan a su inscripción o reinscripción para el año 2014.- 2°) La lista a que se refiere el punto 5° de la Acordada n° 25/85 se exhibirá por cinco días a partir del 16 de diciembre de 2013.- ...

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 14/08/2013 Democratización de la Justicia. Declara que la operatividad de los recursos que contempla la Ley N° 26.853, que dispone la creación de las nuevas Cámaras de Casación, se encuentra supeditada a la instalación y funcionamiento de los Tribunales que la norma citada crea. Asimismo hace saber que oportunamente la Corte dictará las medidas conducentes para llevar a cabo la puesta en funcionamiento, instalación y habilitación de los nuevos Tribunales creados por la norma en cuestión.

Acordada /2013 Expediente L.t O 8 -6. g9' de dek Q/VaMn Q9t;w¿rJU En Buenos Aires, a los ti- dias del del año 2013, reunidos en la Sala de mes de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, CONSIDERARON: l°) Que el pasado 17 de mayo fue publicada la ley 26853, que crea la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal, la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y de la Seguridad Social, y la Cámara Federal y Nacional de Casación en lo Civil y Comercial (art. 1°). 2°) Que dicho texto normativo dispone que entrará en vigor a partir de su publicación, precisando que será de aplicación -a todos los juicios, inclusive a los que se encuentran en trámite- una vez constituidas las cámaras y salas que crea (art. 15). 3 ° ) Que frente a la sanción de leyes modificatorias de la competencia atribuida a tribunales nacionales o federales, que crearon nuevos órganos judiciales o transformaron los existentes, o que i...

Despido con causa. Rechaza el despido dispuesto por el empleador con motivo de haber constatado mediante una cuenta de Facebook que un empleado había ingerido bebidas alcohólicas en horario de trabajo y dentro del local comercial. Considera que el presupuesto fáctico alegado por la demandada, que a su entender constituyó injuria suficiente para impedir la continuación del vínculo no ha sido debidamente acreditado, por lo que cabe concluir que el despido devino injustificado.

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 101.877 SALA II Expediente Nro. 36.397/2010 (Juzg. Nº 10) AUTOS: “MARTINEZ LEANDRO ALEXIS C/ SAV S.A. S/ DESPIDO” VISTO Y CONSIDERANDO: En la Ciudad de Buenos Aires, el 11/062013, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación: La Dra. Graciela A. González dijo: Contra la sentencia de primera instancia que admitió en lo principal la demanda instaurada se alza la parte demandada a tenor del memorial que luce a fs. 250/252, a su vez la parte actora contesta dicha apelación a fs. 258/260. La accionada finca su disenso con el decisorio de grado, cuestionando la admisión del reclamo incoado. Critica la valoración que efectúa la Sra. Juez de los elementos probatorios colectados en la causa, especialmente de la prueba testim...

Macarrón, Marcelo Eduardo y otros c/ Vaca Narvaja, Hernán s/ ordinario JUZGADO DE 1ra INST EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y DE FAMILIA 5ta NOM de RIO CUARTO - CORDOBA - 25/07/2013 Libertad de prensa. Caso Dalmasso. Condena a un periodista a indemnizar a los hijos y al esposo de la mujer que fue hallada sin vida en el interior de su casa, por los daños que éstos sufrieron a causa de las publicaciones periodísticas. Manifestó que no se trata de menguar en modo alguno la libertad de prensa, sino de proteger a los afectados (entre ellos menores de edad al momento del hecho) por la transmisión de cuestiones conexas a la noticia central referidas a aspectos de la vida íntima de los accionantes y de la víctima, cuando no se acredita un interés público que justifique traspasar el límite de los valores personales y la intimidad.

J.1A INST.C.C.FAM.5A-SEC.9 - RIO CUARTO Protocolo de Sentencias N° Resolución: 101 Año: 2013 Tomo: 1 Folio: 203-226 EXPEDIENTE: 390590 - MACARRON, MARCELO EDUARDO Y OTROS C/ VACA NARVAJA, HERNAN - ORDINARIO SENTENCIA NUMERO: 101. RIO CUARTO, 25/07/2013. Y VISTOS: estos autos caratulados "MACARRON, MARCELO EDUARDO Y OTROS C/ VACA NARVAJA, HERNAN" - ORDINARIO Traídos a despacho a fin de resolver de los que resulta que a fs. 39 y siguientes comparece Marcelo Eduardo Macarrón por su propio derecho y en nombre y representación de sus hijos menores de edad F. y M. V. M. promoviendo demandad de tramite juicio ordinario en contra de Hernán Vaca Narvaja persiguiendo sea condenado a abonar al compareciente y sus representados la suma de trescientos mil pesos ($300000) o lo que en mas o en menos resulte de la prueba a rendirse en calidad de indemnización por haber resultado el compareciente y sus hijos menores víctimas de los hechos que relatara en el curso de la presentación, cons...