Poder Judicial de la Nación
USO OFICIAL
17.124/2013
GIL DOMÍNGUEZ ANDRÉS C/ EN-PEN-LEY 26854 S/ AMPARO LEY 16.986
Buenos Aires, 16 de mayo de 2013.
"...Por lo expuesto,
RESUELVO:
1) Rechazar in limine, la acción de amparo colectivo interpuesta.
2) La forma en que se resuelve torna innecesario el tratamiento de la medida cautelar solicitada.
Regístrese, notifíquese al accionante y oportunamente archívese.
Cecilia G. M. de Negre
JUEZ FEDERAL
SUBROGANTE
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