Ir al contenido principal

Lasavickas, José c/ Instituto Libre de Segunda Enseñanza I.L.S.E. s/ diferencias de salarios CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 30/08/2013 Diferencias salariales. Convenio Colectivo aplicable. Hace lugar a una demanda por diferencias salariales deducida por un trabajador que se desempeñó como mayordomo para un instituto público secundario que depende directamente de la UBA, al entender que la actividad debía encuadrase en el CCT 88/90 que regula al personal no docente de institutos no universitarios. Señala que el referido instituto, aun cuando pudiera ser calificado como colegio universitario, en principio no deja de ser un colegio secundario que, no obstante poseer características particulares derivadas de su vinculación con la UBA, no es una universidad ni tampoco un “instituto universitario privado” porque no imparte educación “universitaria” y, por ello, no se encuentra dentro de la excepción a la aplicación del CCT 88/90.

Comentarios

Entradas populares de este blog

FALLO OBTENIDO POR EL ESTUDIO CIGORRAGA CONTRA PAGO FACIL (DEFENSA DEL CONSUMIDOR)

A mis clientes y publico en general.                                                        El día 26/03/2025 recibí la sentencia confirmatoria de la condena a PAGO FACIL por haber violado el DEBER DE SEGURIDAD en el local en el que prestaba sus servicios.                                                           La persona afectada, tuvo daños físicos y morales, y se demando a la firma nombre de fantasía Pago Fácil, y se obtuvo finalmente la sentencia de Cámara en el departamento judicial de Mercedes Provincia de Buenos Aires.                                                     ...

ACCIDENTES LABORALES DURANTE LAS TAREAS O FUERA DEL TRABAJO Y/O ENFERMEDADES PROFESIONALES

PODES RECLAMAR ANTE LA ART SI ESTAS REGISTRADO Y SI NO LO ESTAS DEPENDERA SI TU EMPLEADOR CONTRATO O NO ART. AMBITO PRIVADO Y PUBLICO ACOMPAÑAMOS A LA COMISION MEDICA EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y CABA. HONORARIOS A CONVENIR. NO PACTO DE CUOTA LITIS. SEGUIMIENTO Y RECLAMO ANTE COMISION MEDICA, ASESORAMIENTO. ACONSEJAMOS TENER MEDICO LEGISTA. ENFERMEDADES PROFESIONALES  RECLAMO ANTE LA ART ASESORATE CON EL ESTUDIO CIGORRAGA ESPECIALISTA EN DERECHO DEL TRABAJO.