El Fallo sostiene que no existe caso, controversia o conflicto de intereses y por ello y conforme a los arts. 116 y 117 de la CN se RECHAZA LA DEMANDA IN LIMINE.
La juez subrogante Dra Biotti de alguna manera es AVAL DE LA REFORMA JUDICIAL.
OPINION DEL ESTUDIO: Si esto sigue así debemos rezarle un padre nuestro todos los dias al señor!!!
A mi entender si se rechazó por no existir caso, controversia o conflicto se debe generar uno a fin de solicitar la inconstitucionalidad a través de la ACCION MERAMENTE DECLARATIVA.
Dr. Rizzo no baje los brazos somos abogados y esto esta dentro de las reglas del juego hay que seguir adelante.
Se que las CAUSAS JUSTAS DUERMEN POR UN TIEMPO PERO TAMBIEN SE QUE CUANDO SE DESPIERTAN TIENEN MAS HAMBRE QUE ANTES DE DORMIRSE!!!
SE ESPECIALIZA EN TEMAS DE DERECHO LABORAL. ABONOS A EMPRESAS. DEFENSA DEL CONSUMIDOR. SUCESIONES ASESORAMIENTO ON LINE PRESENCIAL EN EL ESTUDIO
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