SE ESPECIALIZA EN TEMAS DE DERECHO LABORAL. ABONOS A EMPRESAS. DEFENSA DEL CONSUMIDOR. SUCESIONES ASESORAMIENTO ON LINE PRESENCIAL EN EL ESTUDIO
lunes, 27 de enero de 2014
López, Gustavo Roberto c/ Acril S.R.L. y Otro s/ Despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 24/10/2013 Locación de servicios. Presunción de contrato de trabajo. Considera que la relación habida entre el actor y la empresa accionada configuró una relación laboral y no una locación de servicios, aun cuando el primero presentara facturas por honorarios profesionales, dado que se acreditó la efectiva prestación de servicios, lo cual determina que cobre operatividad la presunción prevista por el art. 23 de la LCT, y dicha presunción no fue desvirtuada. Añade que es unánime la doctrina civil en cuanto indica que, cuando los servicios son prestados por una persona física, la locación de servicios configura, en la actualidad, un contrato de trabajo que debe regularse como tal.
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