miércoles, 12 de febrero de 2014

FALLO EN CONTRA DEL TRABAJADOR DE CALL CENTER (NO DEL ESTUDIO)

Síntesis

Telemarketers. Jornada de trabajo. Rechaza la pretensión de cobro de diferencias salariales sobre 48 horas semanales por parte de un trabajador telemarketer que prestaba su fuerza de trabajo durante 35 horas a la semana. Considera que no es aplicable el artículo 92 ter de la L.C.T., por cuanto si la extensión máxima semanal es de 36 horas, claramente la prestación de servicios del actor, superior a las 2/3 partes de esa cantidad, encuadra en las previsiones del artículo 198 de la L.C.T. y, desde esta óptica, no se podía pretender que se pagase el trabajo como si fuese de 48 horas.

2 comentarios:

ESTUDIO JURIDICO CIGORRAGA dijo...


Gómez, Juan Carlos c/ Teletech Argentina S.A. s/ Diferencias de salarios

Fallo
12 de noviembre de 2013
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Id Infojus: NV7130

ESTUDIO JURIDICO CIGORRAGA dijo...

El Estudio no comparte para nada el criterio adoptado por el tribunal, pero ya hay fallos que rechazan esta posicion no es posible obtener una sentencia a favor del trabajador.

TU PROBLEMA TIENE SOLUCION...CONSULTE

DEFENSA DEL CONSUMIDOR RESOLUCION 267 DEL 2024 TE PROTEGE

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes em...