Síntesis
Telemarketers.
Jornada de trabajo. Rechaza la pretensión de cobro de diferencias
salariales sobre 48 horas semanales por parte de un trabajador
telemarketer que prestaba su fuerza de trabajo durante 35 horas a la
semana. Considera que no es aplicable el artículo 92 ter de la L.C.T.,
por cuanto si la extensión máxima semanal es de 36 horas, claramente la
prestación de servicios del actor, superior a las 2/3 partes de esa
cantidad, encuadra en las previsiones del artículo 198 de la L.C.T. y,
desde esta óptica, no se podía pretender que se pagase el trabajo como
si fuese de 48 horas.
2 comentarios:
Gómez, Juan Carlos c/ Teletech Argentina S.A. s/ Diferencias de salarios
Fallo
12 de noviembre de 2013
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Id Infojus: NV7130
El Estudio no comparte para nada el criterio adoptado por el tribunal, pero ya hay fallos que rechazan esta posicion no es posible obtener una sentencia a favor del trabajador.
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