martes, 23 de septiembre de 2014

http://www.infojus.gob.ar/documentDisplay.jsp?guid=123456789-0abc-d16-98ti-lpssedadevon&title=de-maio-ana-de-las-mercedes-c-m-j-y-ddhh-art-3-ley-24-043---resol-1147-09-ex-166-456-08-

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 16/09/2014 Reconoce el derecho a la indemnización prevista en la ley n° 24.043 a dos hermanas, nacidas en el exterior, cuyos padres debieron exiliarse para preservar sus vidas debido a la persecución política que sufrieron durante la última dictadura militar. Considera probado que el matrimonio estuvo detenido entre 1975 y 1976 y que, posteriormente, ambos fueron despedidos de sus empleos y partieron hacia Bolivia, radicándose finalmente en Venezuela, donde nacieron sus dos hijas. Afirma que las demandantes se vieron forzadas, como consecuencia directa del accionar ilegítimo del Estado, a ser criadas en un entorno diferente en lo cultural y social al que debieron pertenecer, sin posibilidad efectiva de ingreso al país en condiciones seguras hasta el advenimiento de la democracia, lo cual permite concluir que se ha afectado arbitrariamente su derecho a la identidad y a la pertenencia cultural.

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